Por: Whanda Gómez Barrera
Directora de Precios de Transferencia
Araujo Ibarra Consultores Internacionales
A pesar de que, en materia de hacienda pública el ingreso por recaudo de impuestos será relevante para el 2021, la incertidumbre que acompaña el inicio del año en materia tributaria se hace evidente debido a se espera una nueva reforma tributaria de la cual a la fecha no hay certeza ni información sobre la misma. Lo cierto es que, según los analistas, es necesaria para garantizar el sostenimiento del gasto, la recuperación de la economía y cubrir el déficit fiscal que, de acuerdo con un artículo del diario La República del 13 de noviembre del año pasado, a dicha fecha se calculó por el Ministerio de Hacienda en 8.9% del PIB.
Para la recuperación, además, ser requiere no sólo la protección de los negocios existentes sino la promoción de nuevos, a través del incentivo de los negocios locales y el apalancamiento en la inversión extranjera en el país. Según cifras reveladas por la balanza cambiaria del Banco de la República a noviembre del 2020, dicha inversión cayó drásticamente en cerca del 35% frente al mismo periodo de 2019, por lo que se esperaría un mayor nivel de protección e incentivo.
Cobra entonces importancia, no sólo la legislación e implementación más favorable de mecanismos que promuevan tal inversión, sino la necesidad de otras acciones que lleven a conseguir mayores ingresos para la nación, por vías diferentes a la imposición de nuevos gravámenes. Es aquí donde el accionar de la administración tributaria juega un papel crucial por la gestión que realice encaminada hacia el debido control a la evasión y la elusión de los impuestos y que permitan el recaudo de aquellos que se han dejado de pagar por parte de los contribuyentes.
La transformación digital, el uso de la tecnología para el manejo de datos, el intercambio de información internacional, la asistencia en auditorías con otros países y los procesos de revisión que adelante por mecanismos virtuales, serán determinantes en esta tarea.
Una de las principales cuestiones que ha suscitado gran interés durante el último año, es el que tiene que ver con el control a las operaciones entre grupos multinacionales y compañías vinculadas económicamente, debido a los montos significativos que conllevan y cuyos resultados se reflejan en las declaraciones del impuesto sobre la renta.
En cifras presentadas el año pasado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacional – DIAN, se mencionó que, los contribuyentes sujetos al régimen de precios de transferencia, mecanismo que controla estas transacciones para efectos de dicho impuesto, al 2019 eran 4,409, pero que las operaciones que se transaron por estos contribuyentes y sus vinculadas para el mismo periodo fueron de 220.6 billones de Pesos, de los cuales, los commodities, la compra y venta de mercancía, y el financiamiento fueron los rubros más relevantes.
Ello, hace pensar que el incentivo al escrutinio de estas transacciones puede resultar en investigaciones de gran magnitud a las multinacionales que tienen actividades en el país, por lo que corresponderá a las compañías un seguimiento más estricto no sólo de los resultados alcanzados con la mismas, sino la debida sustentación de requisitos normativos formales y sustanciales que les atañen.
Así mismo, considerando que se seguirán generando nuevos efectos por la continuidad de la pandemia, se requerirá evaluar la afectación que, tales operaciones tendrían a lo largo del 2021 como consecuencia de nuevas restricciones a la movilidad, cierres de fronteras, implementación de mecanismos de protección a las importaciones, afectación de cadenas de abastecimiento, entre otros. Para lo cual, recomendaciones de organismos internacionales al respecto serán de utilidad, como es el caso de la OCDE, quien a la fecha ha emitido dos guías sobre el impacto del COVID19 para consideración de los contribuyentes y de las administraciones tributarias, tanto para precios de transferencia como para los convenios para evitar la doble imposición.
Por lo pronto, vale la pena empezar a reflexionar y por qué no, a actuar, en aspectos relativos a estas materias, como lo serían el análisis de comparabilidad, las perdidas y localización de costos por la pandemia, el tratamiento de la asistencia gubernamental, la revisión de creación de establecimientos permanentes, los efectos tributarios del trabajo en casa, los cambios en la residencia fiscal, el manejo de los ingresos derivados por empleo, los gravámenes a las transacciones digitales, entre otros, que seguramente serán de controversia en los años venideros y en los cuales el recaudo de impuestos cobrará mayor relevancia.
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